Deuda fiscal impaga: los casos en que los tribunales validaron la restricción
Dos fallos del Tribunal Tributario y Aduanero de La Araucanía marcan el límite. Cuando hay deuda acreditada y la medida es de control, el reclamo no prospera.
No todo bloqueo es ilegal. Revisar los fallos que rechazaron el reclamo es tan útil como revisar los que lo acogieron, porque muestran dónde está el límite de la defensa.
Control no es negativa
El 4 de diciembre de 2015, el Tribunal Tributario y Aduanero de La Araucanía rechazó el reclamo por vulneración de derechos de Grupo Servicios de Seguridad 24/7 Chile Limitada contra la IX Dirección Regional Temuco, por la negativa de timbraje de facturas.
El tribunal tuvo por acreditado que la reclamante era deudora fiscal por sumas cuantiosas y estimó que la medida adoptada era razonable y proporcionada, precisando que consistía en el control del timbraje y no en su negativa. No se acreditó, por tanto, la afectación de las garantías constitucionales alegadas.
En el expediente consta que la anotación preventiva buscaba verificar tres cosas antes de autorizar facturas: la efectividad de las operaciones de compra y venta, que la deuda fiscal estuviera pagada o en convenio, y que no hubiera períodos sin declarar.
Proporcionalidad frente al incumplimiento
Antes, el 25 de septiembre de 2012, el mismo tribunal había rechazado el reclamo de Pinochet y Rivas Limitada, que alegaba que el Servicio no le habilitaba la facturación electrónica ni, en subsidio, el timbraje de un número reducido de facturas.
El tribunal consideró que la actuación era proporcional a los incumplimientos tributarios de una contribuyente que adeudaba $24.160.289, y tuvo presente que sí se autorizaba el timbraje de documentos no electrónicos, de modo que no hubo una negativa absoluta a operar.
Fuentes
- TTA de La Araucanía, RIT VD-08-00052-2015, 4 de diciembre de 2015. Grupo Servicios de Seguridad 24/7 Chile Limitada con SII IX Dirección Regional Temuco. Rechaza el reclamo: medida de control razonable y proporcionada frente a deuda fiscal acreditada.
- TTA de La Araucanía, RIT VD-08-00059-2012, 25 de septiembre de 2012. Pinochet y Rivas Limitada con SII IX Dirección Regional Temuco. Rechaza el reclamo; deuda de $24.160.289 y timbraje de documentos no electrónicos autorizado.